Multas al 150%

Escrito por 4 febrero 2018 0 0

Por no quedarse en doble fila y molestar a los usuarios, puso el coche en zona de minusválidos. El motor en marcha. El tiempo justo de bajar del coche, desatar una puerta que llevaba en la baca para que se la llevaran dos albañiles que le esperaban en la acera, recoger las cuerdas y salir rápido para seguir haciendo cosas. Pongamos 3 minutos. Por esta maniobra fue sancionado con 200 € por un policía en moto que pasaba por allí. Sin dejar aviso de denuncia ni preguntar qué estaba pasando. Este hecho podría argumentarse: Pensar si parar 3 minutos merece ser sancionado, si hay exceso de celo en el agente pues no había un minusválido esperando que desocuparan su zona, si se podría consentir una cierta permeabilidad, y ya que un vehículo de minusválidos puede aparcar dos horas en zona de carga y descarga no debería ser tan grave que uno de éstos parase 3 minutos en zona de aquellos siempre y cuando que no origine molestias, etc. Pero no es el tema central de este comentario, por eso dejémoslo ahí.
El tema es que días más tarde llega la denuncia. En la creencia de que estaba en tiempo de beneficiarse del 50%, el denunciado ingresa 100€. No era así y el Excelentísimo Ayuntamiento admite haber recibido 100€ pero le reclama los 100 restantes. Días después, la Agencia Municipal Tributaria le embarga 220€, es decir, el total de la sanción más los intereses, sin considerar que ya había pagado la mitad. Todo en unos días.
En febrero presenta el recurso solicitando la devolución de lo cobrado por dos veces, recurso que nadie contesta, evidentemente. Visitas para ver cómo está el tema. En octubre le informan que lo han resuelto favorablemente y que está pendiente de la firma. En noviembre seguía igual: pendiente de la firma. En diciembre todavía estaba pendiente de la firma. Y pregunta: ¿de la firma de quién? Después de pasar los correspondientes filtros (entiéndase filtros como una serie de personas que no saben de lo que va y tienen que consultar) habla con el que tiene que firmar y le dice “que ha sido culpa del ordenador, que lo va a firmar hoy mismo y que tratará de agilizar el trámite que aún queda: ¡que lo firmen en Tesorería! que está en el piso de arriba y vienen tardando dos meses en resolver”. ¡Vaya palo a la productividad! Para llorar, oiga. O para hablar con José Mota y que suelte al tío de la Vara un par de días por allí.
Y cuando te cuentan estas cosas, que puedo demostrar fehacientemente, te haces, otra vez, las mismas preguntas: ¿Hacen falta más de 100 días para firmar un recurso que ya está resuelto favorablemente por la propia Administración? ¿Por qué no son igual de diligentes para pagar que para cobrar? ¿Por qué los administrados tenemos que cumplir unos plazos estrictos y la administración no tiene plazos? ¿Hasta cuándo va a estar remunerada la incompetencia? ¿Cuándo van a sacudirse la merecida y mala fama que tienen? ¿Qué pasó que ninguno fue a clase el día que conjugaban el verbo dimitir? ¿Son necesarios tantos eslabones en la cadena? Si, además, te demuestran que todo esto de abonar el 50% y volverte a cobrar el 100% más el recargo ha pasado con dos denuncias, las preguntas adquieren otro matiz, ¿Es una desgraciada coincidencia? ¿Se trata de un caso aislado o es una práctica habitual a ver si cuela? Vigile usted su cuenta bancaria por si le están metiendo la mano en el bolsillo y le cobran el 150% más los intereses.

Este comentario fue publicado en el diario La Verdad, de Murcia, el 14-2-18.

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