El IVA y el IBI.

Escrito por 11 octubre 2019 0 0

Dos amigos compran sendos solares en la misma calle. El primero uno de mil metros cuadrados sobre el que construye una casa de cien, y el segundo uno de tres mil donde edifica una vivienda de trescientos. A lo largo de la construcción ambos han ido pagando el 21 por ciento de IVA de los materiales, la mano de obra, el mobiliario y enseres en general. Sin hacer cuentas, todos estaremos de acuerdo que el segundo ha creado el triple de empleo y ha engrosado las arcas municipales el tripe que el primero.

Ahora contratan electricidad, agua, internet, gas, etc. que pagarán a razón de lo que consuman más el 21% para la administración. Esto lo veo lógico: gastas más, pues pagas más.

Cuando la casa está terminada, la administración competente (de tener competencias, no de ser eficaz), no contenta con beneficiarse de ese 21% de IVA, te valora la vivienda, valor que se revisa cada cierto tiempo siempre al alza, claro, y te fijan un impuesto a perpetuidad, in saecula saeculorum. Acaba de nacer el IBI. A partir de ahora, tú y después los herederos de tus herederos, pagaréis el triple que los de tu amigo, el de la casa de cien metros.

Y ahora vienen las preguntas: ¿Qué te da a ti la administración a cambio? El asfalto que va a pisar tu coche, ¿va a ser tres veces mejor que el de tu amigo? ¿La acera será para ti el triple de amplia? ¿Estará el triple de limpia? ¿Plantarán frente a tu parcela el triple de árboles que te darán el triple de sombra? ¿Las farolas iluminarán tu tramo de acera tres veces más? La policía, los bomberos, las ambulancias, ¿llegarán a tu casa tres veces antes, caso de necesitarlos? ¿El correo tardará tres veces menos? ¿Tu coche tendrá la reserva de aparcamiento el triple de larga o ancha?

Hombre, es que deben pagar más los que más tienen, dirán ellos. Pero, ¿y si el de la casa pequeña la tiene pagada y le quedan unos ahorrillos y el de la grande tiene una hipoteca a treinta años que heredarán casi seguro sus hijos?

Después de leer el RDL  2 de 2004, articulo 62, resulta que hay muchos inmuebles que no pagan este impuesto: Propiedades del Estado, CC. AA, Ayuntamientos, Montes vecinales, Cruz Roja, Embajadas, Consulados, Montes madereros, Estaciones y almacenes de Ferrocarriles, Centros Concertados de Enseñanza, Monumentos, Jardines, etc. aunque sólo haya trascendido, por la polémica suscitada por partidos de izquierda, la exención a la Iglesia. Aprovechando la próxima campaña electoral exprés que se avecina, podrían prometer liberarnos de este impuesto, como hicieron con el de sucesiones.

Mientras tanto, no se preocupe, amigo propietario. Usted puede domiciliar el pago, pagar en dos o cuatro plazos e incluso acogerse al PPP (Plan Personalizado de Pago) por el cual podrá pagar en doce meses, sin intereses. Pero usted pague. La maquinaria tiene que seguir, a ser posible, bien engrasada.

Este comentario fue publicado en el diario La Verdad, de Murcia, el día 11-10-2.019

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