Anteproyecto de libertad sexual

Escrito por 24 marzo 2020 0 0

Ya en la exposición de motivos, se afirma que el patriarcado ha obstaculizado el acceso a derechos ligados a la libertad y seguridad de las mujeres, pues ha defendido una serie de roles y ha penalizado mediante formas violentas las expresiones de libertad que se oponían a los mismos. Hasta donde puedo remontarme: abuelos, padres, hermanos, no conozco ningún caso que se asemeje a lo anteriormente expuesto, más bien lo contrario:  no era por denigrarlas sino, mayormente, para evitarles las violencias que tanto abundan ahora. Poco a poco, como cualquier fenómeno social, la mujer se ha incorporado a nuevos puestos de trabajo y desempeñan su labor muy bien con total normalidad.

¿Se tiene que defender a la mujer respecto al hombre?, ¿hay que darle una seguridad? Pues claro, y al hombre de la mujer, y al hombre del hombre y a la mujer de la mujer. Aunque a mi entender, los tres últimos supuestos escapan al objeto de la futura ley. (Art.1)

En su artículo 8.2 dice que las Administraciones competentes impulsarán campañas generales de sensibilización dirigidas a hombres, adolescentes y niños para erradicar los prejuicios basados en roles estereotipados… y en el 8.4 las Administraciones impulsarán campañas dirigidas a las mujeres de todas las edades incluirán información sobre sus derechos y los recursos disponibles en caso de sufrir violencia sexual. No busquen a los malos: ya sabemos quiénes son.

El Título III se ocupa de la formación: reeducar a enseñantes, médicos, asistentes sociales, miembros de las fuerzas armadas, policías, jueces, fiscales, abogados, forenses, funcionarios de prisiones… incluyendo en su formación inicial o continua, en sus temarios, contenidos relacionados con las violencias sexuales. Se olvidada educar a los políticos, que digo yo también deberían aprender algo relativo al tema, aunque, como llegan al cargo sin estudiar ningún temario, es difícil.  Unos cursos de verano sobre el tema no les vendría mal.

Hasta los piropos peligran. Esperemos que los custodios de la Memoria Histórica no buceen en obras de teatro, zarzuelas… donde abundan, y retiren las calles en recuerdo a sus autores.

El punto clave de todo: el consentimiento. El artículo 178 del C. Penal, modificado, dirá que no habrá consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos su voluntad expresa de participar en el acto. Ante esto, yo, que no entiendo eso de “actos exteriores”, me llevaría un notario, por si acaso.

Tendrá que convencernos, en un país donde se cierran centros de salud, cómo van a funcionar los Centros de Crisis 24 horas y los Servicios de recuperación integral. (Art.33) Tampoco estaría mal que nos dijera lo que prevé que va a costar todo esto, no porque sea un gasto innecesario o superfluo ni mucho menos, sino por tener una idea. Decir que lo asumirán los Presupuestos Generales del Estado es muy difuso. (D. final 20ª)

Tiene tarea por delante, y no poca. Por si le sirve de reflexión, para suavizar su idea sobre el Hombre, sugiero a la señora ministra que lea el tercer pleito del capítulo cuarenta y cinco de la segunda parte del Quijote, de D. Miguel de Cervantes, que vio la luz en Madrid allá por 1.605. Comprenderá que, desde siempre, ha habido de todo en la viña del Señor.

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